JUAN VICENTE UGARTE DEL PINO
Abogado. Egresado de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (UNMSM)..
Doctor en Derecho Público por su alma máter.
Estudios de licenciatura y doctorado en la U. central de Madrid.
Profesor y decano de la Facultad de Derecho de la UNMSM.
Decano del Ilustre Colegio de Abogados de Lima (CAL).
Vocal supremo y presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República.
Presidente del Tribunal de Justicia del Acuerdo de Cartagena.
Presidente de la Sociedad Peruana de Historia (Instituto Peruano de Historia y de las Instituciones)
Juan Vicente Ugarte del Pino, es uno de los más brillantes juristas e historiadores del derecho que alcanzó los más elevados puestos de la judicatura nacional y andina, y, asimismo, de la cátedra universitaria. También, ha ocupado podios de las más encumbradas academias, tanto del país como del exterior –en Europa, Estados Unidos de América y Latinoamérica –, disertando sobre la historia diplomática del mundo y del Perú, sobre la historia del derecho universal y del Perú, sobre la hispanidad y la realidad de los países hispanoamericanos, etc.
ORDEN DEL SOL
Haciendo un acto de justicia y real reconocimiento a la valía de Juan Vicente Ugarte del Pino, el abogado y presidente de la República, Alan García Pérez, dispuso que se le condecore con la más alta presea que otorga el Estado peruano: la Orden del Sol, en el grado de Gran Cruz. (R. Suprema N° 087-RREE).
El Jefe del Estado, en la ceremonia de imposición, el jueves 26-02-2009, subrayó el significado de esta concesión tanto para su Gobierno como para el país, habida cuenta la calidad de jurista e historiador desafiante, rebelde y contrario a seguir divulgando la historia oficial enraizada por intereses particulares o familiares, cuando la historia del Perú es una larga continuidad y nos corresponde o pertenece a todos. De ahí su interpretación pluralista.
Asimismo, el Mandatario, resaltó la generosidad y entrega del maestro Ugarte con sus alumnos, la cercanía que siempre alentó con sus discípulos, y, finalmente, que Juan Vicente es una expresión genuina de limeñidad, que ha narrado una nueva historia del Perú e historia del derecho con sabiduría y picardía, entregando valiosos aportes producto de sus investigaciones y estudios. Textualmente dijo: “honramos al historiador desafiante, pero también al hombre afable, lleno de afecto y siempre cercano que ha mantenido su fidelidad y lealtad por sus viejos amigos y alumnos.”
SUS PRIMEROS AÑOS
Ugarte del Pino nació en el Rímac (Lima), el 12 de junio de 1923. Hijo del ilustre jurista Lizardo Segundo Ugarte Bejarano (m. 1941), con estudio propio de abogado, desde 1910, en la calle Botica de San Pedro N° 460, Lima, destacado defensor de nobles y justas causas (Ver Jurídica N° 223, de 4-11-2008, p. 5); y de doña Graciela Catalina del Pino. Nieto del coronel José Vicente Ugarte y Lobón, combatiente desde el primer disparo en Piragua (primera batalla del 19-04-1879, con resonante triunfo peruano que impidió el desembarco de tropas chilenas) hasta la campaña de la Breña, en 1883. Su padre no sólo brilló en el foro, sino también en la política, ya que fue un reconocido cacerista y fue el último secretario general del Partido Constitucionalista que fundó el general Andrés Avelino Cáceres Dorregaray.
SUS ESTUDIOS
Juan Vicente realizó sus estudios escolares en los colegios maristas del Callao (San José) y concluyó la secundaria en Miraflores (Champagnat). En 1941 ingresó en la UNMSM para estudiar primero letras y, a la par, derecho. Por su inteligencia, interés por los cursos y respeto a sus maestros, rápidamente se destacó como buen alumno. El 25-06-1946, obtuvo el bachillerato en Historia, con una brillante tesis sobre Juan de Ovando y la Recopilación de Leyes de Indias. Un año después, optó el bachillerato en Derecho, con su tesis intitulada Ovando y la concepción dual del gobierno de Indias (1947). Alberto Tauro del Pino, en su “Enciclopedia Ilustrada del Perú”, apunta: “en la cual intentó determinar las bases de una moderna concepción de la historia del Derecho en el Perú”. Luego, se recibió de abogado y doctor en Derecho Público en 1960.
Mientras estudiaba en la universidad ejerció la docencia en varios colegios de Lima. Se inició en el magisterio de la enseñanza en el Colegio Nacional Nuestra Señora de Guadalupe, en 1945. Luego, hizo lo propio en el Anglo-Peruano (1946-1949); en el Nacional Hipólito Unanue; en la G.U.E. Ricardo Bentín y en el Militar Leoncio Prado, enseñando historia del Perú. Su especialización en Derecho Indiano le hizo ganar una beca otorgada por el Instituto de Cultura Hispánica, en 1950, lo cual le permitió seguir estudios de licenciatura y doctorado en la Antigua Universidad Central de Madrid, donde se destacó como discípulo del ilustre jurista e historiador español Alfonso García-Gallo y de Diego (1911-1922. Ver Jurídica N° 224, de 11-11-2008). También fue eximio alumno del no menos egregio jurista Luis García Arias, maestro de Derecho Internacional. Realizó, entonces, estudios e investigaciones en Sevilla. De ahí, por invitación del Consejo Británico, pasó a Londres, con la finalidad de revisar las fuentes documentales del Derecho Indiano depositadas en el Museo Británico.
PROFESOR EN SAN MARCOS, PUCP Y OTROS.
Retornó al país en 1952, y fue incorporado a la docencia en la Facultad de Letras y, luego, en la Facultad de Derecho, para dictar la cátedra de Historia del Derecho, sustituyendo a su maestro Jorge Basadre Grohmann (Tacna 1903-Lima 1980).
Posteriormente, fue invitado a integrar la plana de profesores de la PUCP, por el conspicuo jurista Raúl Ferrero Rebagliati, para dictar el mismo curso. Lo hizo desde 1965 hasta 1970. También fue maestro en la Academia Diplomática del Perú (1966-1972); en la Escuela Superior de Relaciones Públicas del Perú (1964-1968, donde enseñó derecho. Institución promovida por su compañero de estudios en España, su colega y gran amigo, Carlos Manuel Chávez Gutiérrez-Merino); en la U. del Pacífico (1976-1980); en la U. San Martín de Porres (1979-1987), en la U. de Lima (1979-1990). Asimismo, en el Instituto de Derecho Comparado de la U. Complutense, de Madrid (1990-2000).
NUEVO ENFOQUE DE LA HISTORIA DEL DERECHO
Como dilecto discípulo de Jorge Basadre Grohmann, el joven maestro le sustituyó en la cátedra de Historia del Derecho Peruano. Desde la época de su tesis de bachillerato en Derecho (1947) concibió un nuevo concepto de esta asignatura. De ahí que, su idea la maduró y la perfeccionó años después, lo cual le permitió modernizar el contenido silábico de la misma, de acuerdo con, por un lado, el cambio conceptual de la historia como ciencia formulado por la “Escuela de los Anales” o “de la nueva historia”; y, de otro lado, por los nuevos estudios y aportes historiográficos que cuestionaban la validez de las crónicas del siglo XVI (Garcilaso Inca de la Vega y Huamán Poma de Ayala) para reconstruir la historia incaica. En este contexto, Ugarte lanzó la teoría de reescribir los libros que afirmaban la existencia del derecho inca similar al derecho occidental, lo cual, definitivamente, no se ajustaba a la realidad descubierta e interpretada por los nuevos historiadores de los años sesenta.
En este curso, el abogado y dos veces presidente de la República, Alan García Pérez (1985-1990 y 2006-2011) fue su destacado alumno. La grandeza del mandatario la exteriorizó al reconocer públicamente el honor de haber sido su discípulo. Modestamente, nosotros también lo fuimos, como algunos miles de abogados que le respetamos y admiramos con especial devoción. La grandeza de este gran maestro está en su inteligencia, bondad, generosidad y humildad.
Sin duda, con Juan Vicente nos unió nuestro profundo interés por el derecho y por la historia. Consecuencia de ello, además de los estudios de relaciones públicas y periodismo, también, seguimos abogacía en la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP), donde, Ugarte del Pino, también, enseñó el curso de Historia del Derecho Peruano. Luego, decidimos especializarnos en Historia, y fuimos incorporados al Instituto Peruano de Historia y de las Instituciones que presidía nuestro querido maestro. Asimismo, en él, participó el colega abogado Jorge Basadre Ayulo - hijo de Basadre Grohmann -, interesado en esta asignatura fundamental para conocer nuestra vivencia jurídica en el tiempo. Durante la vigencia del Instituto, realizamos varios certámenes que fueron oportunamente difundidos por el diario El Comercio y otros medios de comunicación.
Como profesor del curso de Historia del derecho peruano en la UNMSM, Ugarte del Pino subrayó la necesidad de actualizar los apuntes con los que dictó clases de este mismo curso, el maestro Basadre Grohmann, y que le sirvieron a éste para publicar su libro con igual nombre al de la cátedra, en 1937.
En efecto, con seriedad científica y exigencia académica, Ugarte precisó, entonces, que parte de la obra – la referida al derecho inca- del inigualable historiador de la república adolecía de los vicios del etnocentrismo e historicismo jurídicos, habida cuenta que presentó a ese derecho con todos los rasgos y características del derecho occidental. En efecto, apuntó: “El vicio consiste en considerar que el derecho ha tenido siempre, aún en las épocas más remotas las mismas características y definiciones que posee actualmente nuestro pueblo o el pueblo del observador, juzgando por tanto el derecho del pasado con los criterios valorativos propios de nuestro tiempo”, y, agrega: “no sería científico presuponer como existente un derecho inca e incaico, tipificándolo desde un “etnocentrismo” viciado; vicio que proviene desde las mismas fuentes consultadas, en su mayoría las crónicas de la conquista y, en especial, las obras de los escritores del siglo XVII, como Garcilaso y Huamán Poma”.
En este contexto, Juan Vicente conoció y trabajó otras fuentes como los informes administrativos producidos por las visitas, documentos judiciales de la administración virreinal y las teorías de destacados historiadores especializados en la etapa inca, como John V. Murra, Mayer, Rostworoski y Pease García-Irigoyen, entre otros (Ver Jurídica N° 225, de 18-11-2008). Basadre, también científico, aceptó la revolución de los estudios históricos andinos y comprendió la necesidad de rescribir su Historia del derecho peruano de 1937, idea y proyecto expresados en 1978, empero, que, lamentablemente, no pudo concretar porque el Señor le llevó a su diestra. Las apreciaciones de Ugarte fueron impresas en los apuntes de clase, UNMSM, Facultad de Derecho, Promoción 1981: Historia del Derecho Peruano, Ediciones Notas Académicas, Lima, s/f.
Nosotros adherimos a la teoría de Ugarte del Pino. Habíamos estudiado historia y trabajado las fuentes de la historia andina mencionadas, al igual que, desde nuestros estudios de jurisprudencia, habíamos cuestionado la existencia de un derecho inca como el planteado por Basadre. Junto con Ugarte, comenzamos a trabajar científicamente -y sin vicios de ninguna clase- la hipótesis ¿Si existió o no el derecho inca?. Publicamos artículos y debatimos el tema con otros colegas (Ver Jurídica N° 85, de 14-03-2006, en Adenda). Esta renovación histórica originó la publicación de nuestra Historia del Derecho Peruano, Tomo I: Derecho primitivo (Lima, 1988) que prologó Ugarte del Pino. Inquietud que también venían trabajando los profesores de este curso, José Tamayo Herrera (Cusco, n. 1936) y Héctor Jaime Antizana Figueroa (Lima, m. 1987), en la Facultad de Derecho de la Universidad Inca Garcilaso de la Vega. (1) Equipo al que me incorporé en 1985.
OTROS APORTES A LA HISTORIA DEL DERECHO
Los aportes a la historia del derecho peruano por Ugarte, son realmente notables. Veamos algunos:
- Las bulas del papa Alejandro VI
Debemos subrayar que, Ugarte del Pino, adhirió a la teoría del sevillano Manuel Jiménez Fernández, quien sostuvo que las Bulas alejandrinas fueron cinco (5) y no dos (2) o tres (3) como señalaban el madrileño Alfonso García-Gallo y de Diego y el mexicano Silvio A. Zavala (Mérida, n. 1909), respectivamente. Error de conocimiento o contabilidad que, lamentablemente, hasta el día de hoy es repetido irresponsablemente por algunos seudos historiadores del derecho, quienes han colgado esa información en uno de los más reconocidos buscadores de la Internet.
Con estas bulas se abre la época del prólogo del derecho Indiano y fueron: Intercaetera I (3, mayo 1493); Piis Fidelium (25, junio 1493); Intercaetera II (28, junio 1493); Eximide Devotionis (13, julio 1493) y Dudum Siquidem (26, setiembre 1493). Con ellas se estableció la autorización papal para que los Reyes Católicos conquistaran América y la última originó el conflicto entre los reinos de Castilla y Portugal, problema que, posteriormente, lo arreglaron sendas cancillerías al margen del Papa Alejandro VI (Borgia), de origen español, mediante el Tratado de Tordesillas, tal como nos lo recuerda Juan Vicente.
- El Príncipe de los legisladores de Indias.
Señala que al oidor y jurista Juan de Ovando, presidente del Consejo de Indias y autor del primer Proyecto de Código (1571), llamado Ovandino, debe ser reconocido como el Príncipe de los legisladores de Indias, porque, en verdad, es más que un simple recopilador, pretendió construir un todo jurídico, armónico e integral, es decir un verdadero código.
Ugarte del Pino nos hace recordar que Ovando se adelantó en un siglo al padre de la codificación moderna, el francés Jean Domat. La obra de Ovando también fue trabajada anteriormente por el maestro y jurista Víctor Manuel Maúrtua Uribe (Ica 1865-en el Atlántico 1937), en su libro Antecedentes de la Recopilación de Indias (Lima, 1906).
- Diputados peruanos ante las Cortes de Cádiz
Juan Vicente afirmó que los diputados peruanos ante las Cortes de Cádiz fueron nueve (9) y no cinco como la mayoría de historiadores apuntan. En efecto, indicó que estos fueron: el abogado Vicente Morales y Duárez (Lima 1757-Cádiz, España 1812), Antonio Suazo, Blas Ostolaza, Ramón Feliú, Dionisio Inca Yupanqui, José Lorenzo Bermúdez, Pedro García Coronel, Francisco Salazar y José Antonio Navarrete. Asimismo, que el número de diputados hispanoamericanos fue de 49 y no de 28, como comúnmente se ha repetido (Historia de las Constituciones del Perú, Editorial Andina S.A., Lima 1978, p. 29).
- Sobre Juan de Hevia Bolaños
Finalmente, en 1984, cuando le toca rendir homenaje a los abogados limeños en su día –2 de abril - su discurso, pronunciado en el CAL, versa sobre el ilustre juez Germán Aparicio y Gómez-Sánchez (Lima 1879-1948). Ahí revela algunos aspectos de la persona y obra del portero de la Audiencia de Lima, Juan de Hevia Bolaños, a quien, sin duda, le califica de predecesor de la gran obra procesalista del magistrado limeño, no obstante la distancia en el tiempo, puesto que De Hevia fue del siglo XVII, mientras que Aparicio lo fue del XX (Semblanzas: Germán Aparicio y Gómez-Sánchez, Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Lima, abril 2004, p. 110).
- Participación en los congresos del Instituto Internacional de Historia del Derecho Indiano.
Hasta la fecha (Marzo de 2009) se han realizado XVI Congresos de esta institución de la cual Ugarte del Pino es miembro fundador junto con Guillermo Lohmann Villena (Lima, 1915-2005). El XVII Congreso, 2010, se realizará en Puebla, México. Juan Vicente ha participado en casi en todos presentando valiosas y sugestivas ponencias. Por ejemplo, en el IV Congreso, en Morelia (Michoacán), México (1975) sustentó: “La seguridad social agraria en el Derecho Indiano”. En el XII Congreso, 1998, Toledo, España: “El Perú en tiempos de Felipe II: la relación Ovando-Toledo”. En el XIII Congreso, San Juan de Puerto Rico, 2000: “Pervivencia del Derecho Castellano en la Codificación Civil Peruana”. Y, en el XIV, celebrado en Lima (2003), figura en la Comisión de Honor y expone sobre “La Universidad de San Marcos en la Historia del Derecho Indiano”.
DECANO DE LA FACULTAD Y DEL CAL
Juan Vicente fue elegido decano de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la UNMSM en 1988. En 1996, su alma máter y donde enseñó 35 años, le distinguió como “Profesor Emérito”. La asociación que reúne a estos distinguidos maestros, le eligió su presidente.
En 1972, sus alumnos que conformaron muchas promociones de abogados le postularon para decano del CAL. Salió elegido con una inmensa mayoría de votos, y ejerció ese alto y honorífico cargo del foro por dos períodos consecutivos (1973-1974 y 1974-1975). Es decir, fue reelegido en 1974.
Para entonces, gobernaba de facto al país, el general Juan Velasco Alvarado, quien dispuso que se le apresara por dar estricta opinión jurídica contra el contrato suscrito entre Perú y Japón, para la construcción del oleoducto, quedando nuestro país sometido a la jurisdicción de los jueces del imperio japonés. En esa oportunidad fueron deportados los abogados Enrique Chirinos Soto y Guido Chirinos Lizares y el periodista Mario Castro Arenas, entre otros.
En efecto, Ugarte del Pino fue perseguido y encarcelado junto con su esposa, el 19-11-1974 y recién le dieron libertad el 31-12, del mismo año, a solicitud y presión de varios organismos internacionales de abogados y de algunos jefes de Estado. Ello, además del daño moral ocasionado, originó que Juan Vicente tuviera que cerrar “su viejo estudio de la calle Botica de San Pedro 460, fundado por mi padre el doctor Lizardo S. Ugarte Bejarano en 1910, y en el que se formaron muchísimos abogados que han sido honra del foro y la magistratura peruana.”
EL DECANO DE LA RESISTENCIA
Con este título, el reconocido abogado limeño y ex-presidente de la Federación Interamericana de Abogados (FIA), presidente de la Academia Interamericana de Derecho Internacional y Comparado, y representante de la Unión Iberoamérica de Colegios y Agrupación de Abogados (UIBA) en el Perú, Raúl Lozano Merino, escribió un sentido artículo donde rememoró como esta organización le otorgó el premio UIBA-2004, consistente en una carabela de plata y 15 mil dólares en efectivo, por su aporte al derecho como jurista, maestro, juez e historiador.
Recordó, entonces, que a Ugarte del Pino, durante el período de su decanato (1973-1974), como líder del Colegio de Abogados de Lima, le correspondió librar una de las batallas más importantes en defensa del Estado de Derecho y de la Constitución Política del Estado: i) defender el ejercicio de la profesión de abogado y ii) la libertad de prensa. En 1973 cuando vicepresidente de la Unión Internacional de Abogados y decano del CAL le tocó suscribir el “Manifiesto de Bruselas”, en el que se dispuso que las empresas multinacionales no podían imponer en los países signatarios del mismo, su staff de abogados, sino que debían acudir a los estudios de abogados locales. Este manifiesto fue violado por el articulo 6 de los llamados contratos japoneses (2) que establecían: “las únicas interpretaciones y opiniones aceptadas por el prestador son las de los abogados: Nishimura, Komatsu y Tomotsume”.
Asimismo, Lozano Merino, agregó, que el Decano Ugarte en actitud valiente, defendiendo los fueros de la abogacía nacional, expresó en diversos dictámenes y opiniones el desacuerdo y protesta del gremio, lo que originó que fuera procesado por las autoridades judiciales bajo órdenes del Gobierno militar por “el delito de opinar” y por la defensa que hizo de la autonomía e independencia del Poder Judicial. Sin duda, el Decano era una persona incómoda para el gobierno de facto. Así también, Ugarte del Pino, cuando la expropiación de los diarios, nuevamente se enfrenta al Gobierno Revolucionario o velascato, al protestar por la supresión de la libertad de prensa. Coincidió con este parecer, el jurista José Luis Bustamante y Rivero, ex presidente de la República, ex Decano del CAL y ex presidente del Tribunal Internacional de Justicia de la Haya.
Subrayó, que por la misma época, el CAL había convocado a un Congreso Internacional de Juristas y el gobierno militar trato infructuosamente de impedirlo, alegando que la única entidad que podía convocar a Congresos Internacionales era el Estado. No obstante, el gobierno no contó con la astucia e inspiración del Decano Ugarte, quien, de inmediato, vario el nombre del Congreso reduciendo su celebración a un “Congreso de Juristas”, con motivo del aniversario del CAL. A este evento concurrieron diversos líderes de la abogacía internacional, destacándose la presencia del entonces decano del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, Antonio Pedrol Rius. En este congreso se sembró la semilla de la fundación de la Unión Iberoamérica de Colegio y Agrupación de Abogados (UIBA). Concluido el Congreso, Ugarte del Pino fue detenido arbitrariamente y desaparecido por meses sin que sus familiares, amigos y colaboradores supieran nada de él. Esto motivo la protesta mundial de los abogados, destacándose la gestiones que realizó en pro de su libertad, Tomasso Buccharelli, representante de la UIA, institución que se movilizó a nivel mundial en una campaña que amenazaba por denunciar estos luctuosos hechos ante las Naciones Unidas y ante todos los foros de Europa.
Finalmente, Lozano aseveró, que el decano del Colegio de Abogados de Túnez, Mohamed Bellalouna, convocó a un comité de emergencia dentro del seno de la UIA, para contemplar la situación de los abogados detenidos, en momentos en que el entonces Canciller peruano, General De la Flor invitaba a los países afro-asiáticos a la reunión de los “No Alineados” para agosto de 1975. Por supuesto, que una denuncia de tal magnitud no convenía a los intereses del General Velasco. También es destacable la actitud del entonces presidente de Italia, Giuseppe Leone, quien, más que como Mandatario lo hizo como abogado, solicitó al Gobierno peruano la libertad de Ugarte y de su junta directiva. Así se logró la amnistía y libertad de nuestro “decano de la resistencia”, como le llamó el jurista y ex decano de la Orden, Max Arias-Schreiber Pezet.
VOCAL SUPERIOR, VOCAL SUPREMO Y PRESIDENTE DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
En 1972, fue nombrado vocal superior suplente de la Corte Superior de Lima. En 1981, el gobierno constitucional del presidente de la República, Fernando Belaunde Terry, le designó vocal supremo titular de la Corte Suprema de la República, como una justa reivindicación a su defensa de la Constitución y al reconocimiento de su valía como jurista y gran humanista, tanto en lo intelectual como en lo moral. En 1986, presidió la Sala Penal de la Corte Suprema.
Luego, fue elegido, por sus pares, presidente del Poder Judicial y de la Corte Suprema de Justicia de la República, para los años 1987-1988. Al término de su mandato, siguió como presidente de diversas Salas hasta 1990.
MAGISTRADO Y PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA DEL ACUERDO DE CARTAGENA
Fue nombrado magistrado del Tribunal de Justicia del Acuerdo de Cartagena para el período de 1990-1995, con sede en Quito, Ecuador. En 1991, fue elegido presidente de este máximo organismo jurisdiccional de la integración andina.
SU INMENSA GENEROSIDAD
En diciembre de 1988, en nuestra calidad de presidente de la Federación Peruana de Relacionistas (Feper) distinguimos a Ugarte del Pino por su valioso apoyo en pro de las relaciones públicas, no solo como ilustre profesor en la primera escuela superior de esta especialidad, sino, que en su condición de presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, creó la dirección de Relaciones Públicas y nombró en ese cargo a Chávez Gutiérrez (1987)
Ugarte del Pino fue sumamente generoso con nosotros. Siempre acudió a nuestro llamado para dictar conferencias y charlas en las instituciones que representábamos. Con afecto recordamos el seminario Realidad Nacional que organizó la Feper, del 13 al 17 de noviembre de 1989, en la sede del CAL, donde expuso sobre la Realidad Histórica. Afirmó, entonces: “Para poder conocer en esencia a nuestro Perú es necesario partir de su historia” e hizo una reseña integral, completa y magistral del devenir peruano hasta nuestros días. Dicho sea de paso, en este certamen también fueron ponentes los abogados Enrique Chirinos Soto y Alberto Vásquez Ríos. En la clausura, la institución distinguió como socios de Honor a los abogados Wilfredo Chau Villanueva y Fernando Vidal Ramírez, ministro de Trabajo y decano del CAL, respectivamente.
TRIBUNAL DE HONOR DEL CAL
En su calidad de ex decano del CAL, Ugarte del Pino integró el Tribunal de Honor conjuntamente con los ex decanos Felipe Osterling Parodi (Lima, n. 1932) y Luis Ortiz Bernardini, contribuyendo a sancionar a los malos abogados limeños.
En 2006, bajo la presidencia de Juan Vicente, integramos la Comisión de Historia del Derecho del CAL, los abogados y profesores de esta especialidad, Fernando Altuve-Febres Lores, Sergio Tapia Tapia y nosotros.
COMISIÓN CONSULTIVA DE LA CANCILLERÍA
En su calidad de ilustre profesor de la Academia Diplomática del Perú por muchos años, presidente de la Sociedad de Derecho Internacional e ilustre jurista peruano con reconocimiento internacional, el Presidente de la República, Alan García Pérez, le invitó a integrar la Comisión Consultiva ad hoc de la Chancillería, en Lima (2008), con la finalidad de elaborar el sustento jurídico que expondría el Perú en el diferendo marítimo con Chile, ante la Corte Internacional de Justicia, de La Haya.
Además, de Ugarte, también conformaron la aludida comisión los juristas Eduardo Ferrero Costa y Roberto Mac Lean Ugarteche, el embajador Hugo de Zela, así como los marinos retirados: el vicealmirante AP Jorge Montoya Manrique y el capitán de corbeta AP Jaime Valdéz Huamán.
MIEMBRO DE INSTITUCIONES
Es miembro de número de la Sociedad Peruana de Historia (1949), cuya presidencia ha ejercido desde 1999; de la Sociedad Peruana de Archiveros (1956); del Instituto Internacional de Derecho Indiano, con sede en Buenos Aires, Argentina, fundado en 1966, por el ilustre jurista e historiador argentino Ricardo Zorraquín Becú (1911-2000) y otros, en homenaje al querido maestro Ricardo Levene (1885-1959); y del Instituto Internacional de Historia del Derecho y de las Instituciones de Holanda (1967); del Instituto Hispano Luso-Americano de Derecho Internacional (1970); de la Academia Peruana de Derecho. Miembro de Honor de la Federación Peruana de Relacionistas –Feper- (1988), entre otras instituciones.
CONDECORACIONES
Ostenta la Gran Cruz de la Marina Española (1966). Placa de Miembro Honorario del Instituto de Cultura Hispánica de Madrid (1967). La Gran Cruz de la Orden Peruana de Justicia, de la que ha sido canciller y gran maestro (1987-1989).
OBRAS PUBLICADAS
Entre los libros de Juan Vicente Ugarte del Pino, podemos señalar: El congreso americano de Lima de 1864 (1964); La obra jurídica del gran mariscal del Perú, don Andrés de Santa Cruz (en “Revista del Foro”, año LII, número 3, 1965); Historia de la Facultad de Derecho de la UNMSM (Lima 1968); San Marcos en la Historia Internacional Americana (1971); Sistema jurídico, orden constitucional (1973); Historia de las Constituciones del Perú (Editorial Andina S.A., Lima 1978); La seguridad social agraria en el Derecho Indiano: la Caja de Censos de Indios (1980); Historia del Derecho Peruano, Ediciones Notas Académicas (apuntes de clase-Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Facultad de Derecho, Promoción 1981), Lima, s/f.; El Tratado de Ancón de 1883, dentro del tomo II de la Historia del ejército peruano (1985); La imagen de la justicia (1987); Memorias (1991, que es una compilación de algunos de sus trabajos jurídicos); El Derecho en el descubrimiento (1992), etc.
SU FAMILIA
Ugarte del Pino contrajo nupcias con Luz Cáceres Mc Gregor, prima hermana del padre jesuita Felipe Mc Gregor S.J., quien fue rector de la PUCP por varios períodos. Juan Vicente no tiene más hijos que sus queridos libros, sus amados apuntes de clase y sus miles de apreciados discípulos, a quienes trató y trata con la más amplia generosidad y humildad, cualidades con las que siempre supo alimentarle y vivificarle su amada esposa.
A ella, le dedicó su libro Historia de las Constituciones, con las siguientes palabras que hoy reproducimos como el mejor reconocimiento a nuestro querido maestro y amigo de siempre: “A Luz, mi esposa, quien solo tuvo sufrimientos, frustraciones y desesperanzas, en estos años largos de lucha, por el imperio de la Constitución y de la Ley en el Perú (...) Detenida a mi lado – como culminación de una aleve campaña de hostigamiento, jalonada por cinco procesos, calumnias, insultos, amenazas y atentados – fuimos conducidos a la Prefectura de Policía (Seguridad del Estado), la noche del 19 de noviembre de 1974 (...) A la entereza y abnegación con que soportó esta experiencia vital, inédita e inesperada para ella, tributo este homenaje.”
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(1) TAMAYO HERRERA, José. Breve historia de un historiador (Un ensayo de egohistoria). CEPAR. Lima 1989. p. 190)
(2) Convenio básico y contratos asociados para préstamos y suministros de petróleo crudo y productos refinados entre Petróleos del Perú y Corporación Financiera del Desarrollo (en representación de la República del Perú), y Japan Petroleum Development Corporation y Japan Perú Oil Company Ltd. Celebrados y suscritos en Japón, el 8-08-1974 y que se mantuvieron ocultos hasta el 30 de octubre del mismo año, en que se publicó en El Peruano la traducción oficial del inglés al castellano. Ugarte del Pino y su junta directiva y comisiones dictaminaron que dichos contratos lesionaban lo dispuesto en la Constitución del Estado y la Declaración de Bruselas, al dejar a los abogados peruanos en una situación de inferioridad, al no ser aceptada su opinión e interpretación de dichos contratos.