Instituciones de Derecho procesal penal de Domingo García Rada

EL LIBRO

Instituciones de Derecho procesal penal de Domingo García Rada
(La Instrucción. 2da Parte: La Prueba)
Obras completas / Tomo III
Fondo Editorial Asociación Civil “Mercurio Peruano”.
Impresión de IDEMSA. Lima. 2011. 465 pp.

Con estudios preliminares de Arsenio Oré Guardia y Pablo Talavera Elguera, aparece, en segunda edición, revisada y corregida, la sugestiva e importante obra intitulada Instituciones de Derecho Penal, La Instrucción. Segunda parte: La prueba, de Domingo García Rada (Lima 1912-1994), quien fue uno de los mas ilustres juristas y recordados maestros en las facultades de Derecho de las universidades Nacional Mayor de San Marcos y Católica del Perú, llegando a ser decano de esta última, en los años 1957-1959. Así también, García Rada, alcanzó la alta investidura de juez supremo, siendo presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República y del Poder Judicial, en los años 1967-1968. Finalmente, ejerció la presidencia del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), en 1980-1985, teniendo que retirarse por consecuencia del atávico atentado terrorista que lesionó gravemente su salud.
El Comité editor – que está conformado por los tres hijos varones del destacado autor, Domingo (Coordinador) José Antonio y Victor Andrés García Belaunde–, decidió reeditar las obras completas de Domingo García Rada. Es oportuno subrayar que, anteriormente, aparecieron los tomos I y II (Vid. Jurídica N° 280, de 8-12-2009), cuyo acertado y sesudo comentario corrió a cargo de nuestro destacado colaborador José Félix Palomino Manchego (Lima, n. 1958).
La primera edición de este libro data de 1968, y fue impreso por Sanmarti y Cía. Impresores, Lima. Obra que fue distinguida con el premio nacional en su especialidad. La segunda, actualmente en el mercado, la impresión y encuadernación ha sido realizada por Talleres Gráficos IDEMSA, Lima (Calle Gabriel Delgado N° 540).

EL LIBRO
Cuenta con un liminar a cargo de Domingo García Belaunde, quien, dicho sea de paso, es el más connotado constitucionalista peruano y uno de los más reconocidos en la comunidad jurídica internacional. Un estudio preliminar al tomo I de las obras completas suscrito por Arsenio Oré Guardia, destacado profesor de Derecho procesal penal en la Pontificia Universidad Católica del Perú. Así también, un estudio preliminar al tomo III de las obras completas de la autoría de Pablo Talavera Elguera, ex presidente de la Sala Penal Nacional y profesor de Derecho procesal en la Universidad San Martín de Porres.
Como el libro está referido a “La prueba”, y es la segunda parte, comienza con el título V, el mismo que trata sobre los testigos. El título VI aborda el tema de los peritos. El VII desarrolla ampliamente todo lo concerniente a las diligencias especiales. El VIII hace lo propio con la conclusión o fin de la instrucción. Finalmente, el IX, explica sobre la instrucción contra inculpados ausentes. Concluye este tercer tomo, con una excelente bibliografía que fue de pleno dominio del recordado maestro Domingo García Rada.
En verdad, es una obra de especial significación no solo por la calidad y profundidad con las que el autor ha trabajado científicamente el Derecho procesal penal, el cual, dentro de las disciplinas jurídicas, sin duda, es una de las que está más cerca de ser considerada una verdadera ciencia social o empírica, al decir del iusfilósofo argentino-canadiense, Mario Arturo Bunge (Buenos Aires, n. 1919), sino también, porque llena un gran vacío que existe en la carencia de libros de Derecho procesal penal con un enfoque integral y total sobre el proceso penal peruano de acuerdo con el Código de Procedimientos Penales de 1940. Por último, es una obra con un gran valor académico y de referencia histórico-jurídica para los procesalistas penales, aun este corpus iuris adjetivo entre en desuso en los próximos años. Y, entonces, este valor se acrecentará, en particular, para los historiadores del Derecho penal; y, en general, para todos los historiadores del Derecho.
Para terminar este comentario, es justo repetir el último párrafo del artículo de Palomino Manchego, quien apuntó: “En puridad, García Rada en vida se dedicó con ardor y gran nobleza a impartir justicia, demostrando a través de la función jurisdiccional, cómo se defiende la independencia judicial frente al poder político dantesco.” (F. del S.)
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